Título TÍTULO VIII

Art. Disposición adicional duodécima

En vigor desde 24 nov 2011
El patrimonio de los consorcios autonómicos se regulará por sus estatutos.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ga/l/2011/09/30/5#disposicion-adicional-duodecima

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil