Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO V
Art. 38
En vigor desde 9 ene 2011
En el ámbito del Sistema Sanitario de Castilla-La Mancha, toda persona tiene derecho a recibir la atención sanitaria en un tiempo adecuado y a la garantía de los plazos máximos de respuesta previstos legalmente.
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Proeli/es-cm/l/2010/06/24/5#art-38