Título TÍTULO X›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición adicional segunda
En vigor desde 11 jul 2009
El Catálogo de Servicios Sociales previsto en el Título III de la presente Ley se desarrollará garantizando como mínimo el nivel de prestaciones existentes actualmente en la Comunidad Autónoma de Aragón.
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Proeli/es-ar/l/2009/06/30/5#disposicion-adicional-segunda