Capítulo CAPÍTULO II

Art. 10

En vigor desde 24 jul 2007
El Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico se someterá al control de eficacia en los términos previstos en la Ley 5/1983, de 19 de julio, y demás normativa que le sea de aplicación.
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eli/es-an/l/2007/06/26/5#art-10

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