Art. 2

En vigor desde 7 abr 2006
El Colegio Oficial de Terapeutas Ocupacionales de las Illes Balears agrupa a los profesionales que hayan obtenido la diplomatura universitaria en Terapia Ocupacional, o la homologación de ésta, en el caso de titulaciones extranjeras.
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eli/es-ib/l/2006/03/30/5#art-2

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