Capítulo CAPÍTULO I
Art. 4
En vigor desde 23 jun 2006
Los Estatutos de las Cámaras de la Propiedad Urbana y de su Consejo General se ajustarán a lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación, y a lo dispuesto en esta Ley.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-cl/l/2006/06/16/5#art-4