Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO X

Art. Disposición adicional primera

En vigor desde 25 may 2004
La presente Ley será también de aplicación en lo que proceda a los productos derivados de la uva o del vino y, en particular, al vinagre de vino, al aguardiente de orujo y al mosto.
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eli/es-pv/l/2004/05/07/5#disposicion-adicional-primera

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