Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO II

Art. 27

En vigor desde 23 abr 2003
El sistema sanitario público de las Illes Balears, a través de las administraciones públicas competentes, desarrolla las actuaciones siguientes: a) De planificación y ordenación. b) De autoridad sanitaria. c) De protección de la salud pública. d) De asistencia sanitaria. e) De formación. f) De búsqueda. g) De evaluación y mejora continua de la calidad. h) De salud laboral. i) De salud ambiental.
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eli/es-ib/l/2003/04/04/5#art-27

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