Título TÍTULO QUINTO›Capítulo CAPÍTULO PRIMERO›Secc. SECCIÓN PRIMERA
Art. 52
En vigor desde 28 abr 2003
La Junta de Castilla y León, en materia de planificación, tiene las siguientes competencias:
a) Aprobación de la planificación regional para las personas mayores.
b) Aprobación de zonas, demarcaciones territoriales y agrupaciones de éstas que sirvan de ámbito para la prestación de los servicios contemplados en la presente Ley.
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Proeli/es-cl/l/2003/04/03/5#art-52