Título TÍTULO QUINTOCapítulo CAPÍTULO PRIMEROSecc. SECCIÓN PRIMERA

Art. 52

En vigor desde 28 abr 2003
La Junta de Castilla y León, en materia de planificación, tiene las siguientes competencias: a) Aprobación de la planificación regional para las personas mayores. b) Aprobación de zonas, demarcaciones territoriales y agrupaciones de éstas que sirvan de ámbito para la prestación de los servicios contemplados en la presente Ley.
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eli/es-cl/l/2003/04/03/5#art-52

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