Art. 7

En vigor desde 1 ene 2016
1. La Dirección del Instituto asume la gestión y dirección de la entidad con sujeción a las directrices y a los acuerdos emanados del Consejo Rector y de su Presidencia. 2. El nombramiento y el cese en el cargo se tienen que hacer por decreto del Consejo de Gobierno, a propuesta de la persona titular de la consejería competente en materia de igualdad en la cual esté adscrito el Instituto Balear de la Mujer, y tiene la consideración de alto cargo. Se modifica el apartado 2 por la disposición final 8.2 de la Ley 12/2015, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2016-824

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eli/es-ib/l/2000/04/20/5#art-7

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