Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IV

Art. 34

En vigor desde 31 dic 2014
El régimen disciplinario de los funcionarios de los Cuerpos de Policía Local de la Comunidad Autónoma de Cantabria se ajustará a lo establecido en esta Ley y, en lo no previsto, a lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2010, de 20 de mayo, del Régimen Disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales en que pudieran incurrir. Se modifica por el art. único.15 de la Ley 3/2014, de 17 de diciembre. Ref. BOE-A-2015-681 .

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eli/es-cb/l/2000/12/15/5#art-34

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