Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 2.ª Fines, organización y funcionamiento
Art. 6
En vigor desde 29 abr 1999
La finalidad del Servicio Regional de Investigación y Desarrollo Agroalimentario es contribuir a la modernización y mejora de las capacidades del sector agroalimentario regional, mediante el impulso y ejecución de la investigación y el desarrollo tecnológico agroalimentario, a fin de conseguir una mejora de la productividad, la diversificación en el sector y la elevación de las rentas de los activos primarios, ejerciendo las siguientes funciones:
a) El diseño y ejecución de proyectos de investigación y desarrollo que redunden en una mejora de la competitividad del sector agroalimentario asturiano, la adecuación de los métodos de producción con el respeto al medio natural y la mejora de la calidad de los productos y de las estructuras de comercialización.
b) La actualización de conocimientos científicos, técnicos y ambientales de los educadores y profesionales.
c) El establecimiento de un programa de desarrollo tecnológico agroalimentario dentro del plan regional de investigación que pueda incidir en la mejora de la productividad del sector primario asturiano.
d) El fomento de las relaciones de los centros de investigación y desarrollo tecnológico con cuantas instituciones públicas o privadas resulte necesario para potenciar el desarrollo científico y líneas específicas de investigación.
e) La realización de servicios de apoyo al sector agroalimentario dentro de sus objetivos.
f) Todas aquellas que pueda determinar adicionalmente el Consejo Rector en el marco de sus objetivos, especialmente en cuanto a mejora de la productividad de las explotaciones ganaderas y agrarias y en una mejora de la formación en materia agroalimentaria.
g) Cualesquiera otras relacionadas con sus fines institucionales que le encomiende la Consejería competente en materia de agricultura y alimentación, oído el Consejo Regional de Desarrollo Agroalimentario.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-as/l/1999/03/29/5#art-6