Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO III

Art. 31

En vigor desde 23 may 1998
Estos Consejos se crearán por decreto del Gobierno de Aragón, bien a iniciativa de todos los municipios integrados en el ámbito territorial correspondiente, o de las entidades comarcales respectivas o de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
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eli/es-ar/l/1998/05/14/5#art-31

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