Título TÍTULO II

Art. 37

En vigor desde 3 ene 2008
El Programa de Desarrollo Rural Sostenible deberá ir acompañado de una memoria económica de su coste que contemple de manera diferenciada la financiación correspondiente a las actuaciones estatales y la previsión de cofinanciación de las concertadas que formen parte del Programa.
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eli/es/l/2007/12/13/45#art-37

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