Capítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición adicional novena

En vigor desde 29 abr 2021
El Ministerio de Trabajo y Economía Social deberá mantener actualizada la página web de desplazamiento transnacional de personas trabajadoras contenida en el sitio web del Ministerio Trabajo y Economía Social, así como la información proporcionada en la ficha de país en el sitio web de la Comisión Europea. Se modifica por el .8 del Real Decreto-ley 7/2021, de 27 de abril. Ref. BOE-A-2021-6872#ad-2 Se añade por el .14 del Real Decreto-ley 9/2017, de 26 de mayo. Ref. BOE-A-2017-5855#as-2 Téngase en cuenta, para su aplicación, la disposición transitoria 3 del citado Real Decreto-ley.

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eli/es/l/1999/11/29/45#disposicion-adicional-novena

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