Capítulo CAPÍTULO VI
Art. Disposición transitoria duodécima
En vigor desde 24 nov 2002
En el plazo de seis meses las Comunidades Autónomas adaptarán su legislación sobre Cajas de Ahorros a lo dispuesto en esta Ley.
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Proeli/es/l/2002/11/22/44#disposicion-transitoria-duodecima