Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO I

Art. 44

En vigor desde 20 ene 1995
Se autoriza a los organismos y entidades que figuran en el anexo III de esta Ley a concertar operaciones de crédito durante 1995 por los importes que, para cada uno, figuran en el anexo citado.
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eli/es/l/1994/12/30/41#art-44

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