Título TÍTULO III

Art. 25

En vigor desde 30 ago 2024
1. Las infracciones y sanciones reguladas en la presente ley prescribirán conforme a lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley 40/2015. 2. Una vez firmes y ejecutadas, las sanciones serán canceladas cuando transcurra un plazo idéntico al de su prescripción.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-cm/l/2024/07/19/4#art-25

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil