Título TÍTULO III
Art. 25
En vigor desde 30 ago 2024
1. Las infracciones y sanciones reguladas en la presente ley prescribirán conforme a lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley 40/2015.
2. Una vez firmes y ejecutadas, las sanciones serán canceladas cuando transcurra un plazo idéntico al de su prescripción.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-cm/l/2024/07/19/4#art-25