Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 148
En vigor desde 30 ago 2021
El procedimiento sancionador de las infracciones tipificadas en la presente ley se regirá por lo previsto en el capítulo III del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en el título IV de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
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Proeli/es-an/l/2021/07/27/4#art-148