Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 26
En vigor desde 9 ago 2020
1. La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en el marco del Plan Regional de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación, y de forma coordinada con otros programas nacionales e internacionales, y con los entes del sistema regional de I+D+i, especialmente con la Universidad de Castilla-La Mancha, establecerá convocatorias periódicas dirigidas a la contratación y formación de personal investigador, al apoyo de grupos de investigación y a la realización de proyectos de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación, así como actividades de protección de los resultados de la investigación y de difusión a la sociedad castellanomanchega.
2. Las convocatorias de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha tendrán, preferentemente, carácter plurianual de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio, y siempre que se determine en las bases reguladoras de su concesión.
3. La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha impulsará, a través de herramientas de colaboración y difusión con las organizaciones empresariales más representativas de la región, la participación activa del tejido productivo en las convocatorias de I+D+i y en la implementación de la innovación como clave para estimular la productividad y la competitividad de las empresas regionales.
4. Se fomentará la creación de empresas para aquellos investigadores que, una vez alcanzados los objetivos de sus proyectos, deseen, desde la iniciativa privada, llevar a cabo la explotación práctica de los resultados generados.
5. El Gobierno de Castilla-La Mancha implantará un sistema de distintivos para premiar a personas, organismos, instituciones o empresas innovadoras que inviertan en actividades de I+D+i y que acerquen sus progresos a la sociedad.
6. La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha:
a) Promoverá la creación de redes e infraestructuras de colaboración científica y tecnológica que, bajo una gestión común, permita la colaboración de los distintos agentes del sistema regional de I+D+i, dando preferencia a las que integre tanto al sector productivo (empresas), organismos de investigación y administraciones y/o agentes sociales.
b) Potenciará la participación de los agentes del sistema de I+D+i de Castilla-La Mancha en este tipo de organizaciones, a través de iniciativas o programas de I+D+i que puedan ser incluidos en el Plan Regional de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación.
c) Apoyará la investigación e innovación abierta y cooperativa entre el sector empresarial, la universidad, la administración, la sociedad y el resto de agentes que componen el sistema regional de I+D+i.
d) Promoverá la participación de personal investigador en los diferentes programas e iniciativas de I+D+i destinados a fortalecer la actividad innovadora de la región, impulsando su incorporación tanto en organismos de investigación, como en clústeres regionales, y favoreciendo su movilidad e incorporación en el tejido industrial.
7. El Gobierno de Castilla-La Mancha promoverá aquellos acuerdos, convenios o protocolos de colaboración para la cofinanciación de los programas de investigación, desarrollo e innovación a través de fondos procedentes del Estado y de la Unión Europea.
8. Se promoverán programas de I+D+i de las provincias y municipios u otros entes territoriales que, en razón de su interés general, zona prioritaria o fin de vertebración territorial, puedan ser incluidos en el Plan Regional de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación.
9. Se promoverá la movilidad del personal investigador y la internacionalización de las actuaciones de I+D+i.
10. Los poderes públicos de Castilla-La Mancha facilitarán y fomentarán, dentro de sus competencias, el mecenazgo sobre las actividades de I+D+i desarrolladas en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
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Proeli/es-cm/l/2020/07/10/4#art-26