Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO II

Art. 122

En vigor desde 15 ago 2019
En relación con la materia regulada en la presente ley, corresponde a la consejería competente en materia de administraciones públicas: a) La coordinación de los contenidos y servicios disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia. b) La gestión y coordinación de la Red de oficinas de atención a la ciudadanía y registro, así como la creación, modificación y supresión de oficinas de la red y la habilitación temporal de unidades u órganos de la Administración general y de las entidades públicas instrumentales. c) La gestión y coordinación del Registro Electrónico General.
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eli/es-ga/l/2019/07/17/4#art-122

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