Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 113
En vigor desde 15 ago 2019
1. Las restantes administraciones públicas gallegas deberán promover planes de capacitación digital de sus empleados públicos.
2. Se establecerán mecanismos de colaboración que permitan hacer extensivas las actuaciones del sector público autonómico en esta materia a las restantes administraciones públicas gallegas.
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Proeli/es-ga/l/2019/07/17/4#art-113