Título TÍTULO XCapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 2.ª Tipos específicos de infracciones y sus sanciones

Art. 386

En vigor desde 1 sept 2017
Se califican como infracción muy grave y se sancionarán con multa de 600 a 600.000 euros las extracciones de áridos sin las autorizaciones preceptivas. La multa se graduará teniendo en cuenta, además de los criterios del artículo 398, la extensión de suelo afectada y el volumen de la extracción.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-cn/l/2017/07/13/4#art-386

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil