Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO I

Art. 11

En vigor desde 20 may 2015
1. Las actuaciones preventivas dirigidas al ámbito comunitario tendrán como objetivos: a) Potenciar la implantación y desarrollo de programas de prevención que integren sus actuaciones en todos los niveles formales e informales y, en particular, escolar, sanitario, social, familiar, de ocio y tiempo libre, laboral, judicial y penitenciario, de forma coordinada entre todas las administraciones e instituciones afectadas, cada una en el ámbito de sus competencias. b) Promover de forma prioritaria acciones preventivas dirigidas a la población infantil y juvenil. 2. Se potenciarán las actuaciones en materia de servicios sociales en el ámbito comunitario destinadas a intervenir sobre las condiciones y circunstancias sociales, económicas y culturales asociadas a la aparición de problemas de adicción a las drogas o a las bebidas alcohólicas, especialmente aquéllas destinadas a mejorar las condiciones de vida y superar los factores personales, familiares o sociales de marginación, incluyendo las desigualdades de género, que incidan en el consumo de drogas o bebidas alcohólicas.
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eli/es-as/l/2015/03/06/4#art-11

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