Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 2.ª Instrumentos de protección, gestión y ordenación del paisaje
Art. Disposición adicional cuarta
En vigor desde 29 ene 2015
El Gobierno de Cantabria, en el plazo máximo de un año, elaborará y aprobará mediante Decreto un plan de acción para la erradicación de plantas Invasoras en el que se preverán los medios económicos oportunos para su ejecución.
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Proeli/es-cb/l/2014/12/22/4#disposicion-adicional-cuarta