Título TÍTULO PRELIMINAR

Art. 11

En vigor desde 19 oct 2012
De acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional cuarta del Estatut d’Autonomia de la Comunitat Valenciana, las instituciones y administraciones de la Generalitat evitarán utilizar un lenguaje que suponga discriminación, menoscabo o minusvaloración para cualquier persona o colectivo.
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eli/es-vc/l/2012/10/15/4#art-11

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