Título TÍTULO PRELIMINAR

Art. 9

En vigor desde 19 oct 2012
1. La Generalitat garantizará, en el ámbito de sus competencias, el derecho de las personas en situación de dependencia a la no discriminación y a la igualdad de oportunidades, así como a su participación en la vida política, económica, cultural y social de la Comunitat Valenciana. 2. Las personas en situación de dependencia tienen derecho a acceder a las prestaciones y a servicios de calidad que les permita disfrutar de una digna calidad de vida que estén previstos en la legislación estatal, así como en la normativa autonómica que la desarrolle. 3. La protección de los derechos de las personas en situación de dependencia se garantizará de conformidad con las medidas establecidas en la legislación vigente.
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eli/es-vc/l/2012/10/15/4#art-9

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