Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO III

Art. 52

En vigor desde 9 sept 2011
Las madres, padres o tutores tienen los siguientes deberes: a) Participar en la educación de sus hijos respetando el proyecto educativo, el carácter propio y las normas del centro. b) Colaborar con el profesorado para contribuir al éxito educativo del alumnado. c) Contribuir a la convivencia entre todos los miembros de la comunidad educativa. d) Adoptar las medidas necesarias para que sus hijos e hijas cursen los niveles obligatorios de la educación y asistan regularmente a clase. e) Cualesquiera otros previstos en el resto del ordenamiento jurídico
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eli/es-ex/l/2011/03/07/4#art-52

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