Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO I

Art. 155

En vigor desde 9 sept 2011
La Junta de Extremadura regulará la jornada de trabajo del profesorado, la dedicación a las actividades escolares y su distribución horaria, así como su participación en actividades extraescolares y complementarias.
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eli/es-ex/l/2011/03/07/4#art-155

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