Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO XII
Art. 121
En vigor desde 9 sept 2011
Todas las personas tienen derecho al aprendizaje a lo largo de la vida. Para hacer efectivo el ejercicio de este derecho, la Administración autonómica promoverá ofertas de aprendizajes flexibles que permitan la conciliación de la vida personal, laboral o familiar con la formación.
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Proeli/es-ex/l/2011/03/07/4#art-121