Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 3.ª Evaluación de políticas públicas

Art. 47

En vigor desde 10 abr 2011
La evaluación de las políticas públicas según el momento en que se lleve a cabo puede ser: a) Ex ante : Durante la planificación o la programación de una política pública. b) Intermedia: Durante la aplicación de la política pública en el periodo programado. c) Ex post : Con posterioridad a la ejecución de la política pública programada.
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eli/es-ib/l/2011/03/31/4#art-47

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