Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición final primera

En vigor desde 23 jun 2010
El Gobierno de las Illes Balears, en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de esta ley, elevará al Parlamento de las Illes Balears un proyecto de Ley de modificación de la Ley 2/1999, de 24 de marzo, general turística de las Illes Balears, que incluya, como mínimo, las consecuencias derivadas de lo establecido en la presente ley.
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eli/es-ib/l/2010/06/16/4#disposicion-final-primera

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