Capítulo CAPÍTULO VIII

Art. 47

En vigor desde 30 oct 2009
El pleno del Consejo de Cámaras Oficiales de Comercio e Industria de Castilla-La Mancha, órgano supremo de gobierno y representación del mismo, estará compuesto por: a) Las personas titulares de las presidencias de todas las cámaras oficiales de comercio e industria de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. b) Un miembro del pleno de cada una de las cámaras que forman el consejo. c) La persona que ocupe la secretaría, que actuará con voz pero sin voto. d) Un representante del órgano tutelar, con voz y sin voto. La composición del pleno se actualizará periódicamente, una vez concluido el proceso electoral en las cámaras que lo compongan.
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eli/es-cm/l/2009/10/15/4#art-47

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