Capítulo Capítulo II

Art. 10

En vigor desde 3 dic 2008
1. La Agencia estará integrada por los órganos de gobierno y ejecutivos previstos en esta Ley, así como los complementarios que se puedan establecer en el Reglamento de la Agencia. 2. La Presidencia y el Consejo Rector constituyen los órganos de gobierno de la Agencia. Sus órganos ejecutivos son la Dirección y el Comité Ejecutivo. 3. El Reglamento determinará los actos y resoluciones que agotan la vía administrativa.
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eli/es-cb/l/2008/11/24/4#art-10

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