Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO III

Art. 24

En vigor desde 15 may 2024
Son infracciones leves las siguientes: a) No adoptar actitudes y conductas responsables para su seguridad, cuando éstas le hubiesen sido comunicadas por cualquier medio de comunicación. b) No respetar las instrucciones en la realización de un simulacro. c) Realizar llamadas inapropiadas al teléfono de urgencias y emergencias 1-1-2 , cuando tal infracción no pueda ser calificada como grave. Se modifica la letra c) por el .2 de la Ley 4/2024, de 9 de mayo. Ref. BOE-A-2024-14546

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eli/es-cl/l/2007/03/28/4#art-24

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