Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO I

Art. 14

En vigor desde 1 may 2007
La Administración de la Comunidad impulsará y, en su caso, determinará la realización periódica de los ejercicios y simulacros necesarios para el mantenimiento y la aplicación de las medidas integrantes del sistema de protección ciudadana, de forma que se garantice la eficacia de los sistemas de protección.
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eli/es-cl/l/2007/03/28/4#art-14

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