Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición final tercera
En vigor desde 13 abr 2007
La presente Ley entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia».
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Proeli/es-mc/l/2007/03/16/4#disposicion-final-tercera