Art. Disposición final tercera
Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición final tercera

101 / 101
En vigor desde 13 abr 2007
La presente Ley entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia».
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-mc/l/2007/03/16/4#disposicion-final-tercera