Capítulo CAPÍTULO VII

Art. Disposición adicional única

En vigor desde 3 ago 2006
El contenido de los artículos 2, 3, 4, 7.1, 15.1, 16.2, 20.2, 27 y 28 d) de la presente Ley está redactado de conformidad con los preceptos con rango de ley orgánica y de directa aplicación de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, del Derecho de Asociación.
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eli/es-an/l/2006/06/23/4#disposicion-adicional-unica

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