Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO II

Art. 46

En vigor desde 22 oct 1996
La Consejería podrá colaborar con los titulares de cotos de caza o asociaciones de éstos, o con los gestores de los mismos, en la ejecución de obras y actuaciones de mejora de medio natural, siempre que figuren en el plan cinegético.
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eli/es-cl/l/1996/07/12/4#art-46

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