Título TÍTULO III

Art. Disposición transitoria segunda

En vigor desde 28 mar 1995
Hasta que el Consejo de Administración se dote del reglamento a que hace referencia el artículo 11, el régimen de sesiones y de acuerdos del mismo se ajustará a lo indicado en el artículo 26 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
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eli/es-md/l/1995/03/21/4#disposicion-transitoria-segunda

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