Título TÍTULO I
Art. 7
En vigor desde 17 jun 1994
Igualmente forman parte del Patrimonio Documental de La Rioja los documentos con una antigüedad superior a cien años que, radicados en el territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja, hayan sido producidos o reunidos por cualquier otra entidad particular o persona física no enumerada anteriormente.
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Tus anotaciones
Proeli/es-ri/l/1994/05/24/4#art-7