Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO ÚNICO

Art. 43

En vigor desde 27 abr 2007
El incumplimiento de las normas contenidas en la presente Ley, y las que las complementen y desarrollen, constituye infracción administrativa en materia de estadística en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Se modifica por el .4.2 de la Ley 4/2007, de 4 de abril. Ref. BOE-A-2007-10141

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eli/es-an/l/1989/12/12/4#art-43

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