Capítulo CAPITULO III

Art. Disposición transitoria sexta

En vigor desde 21 abr 1987
Hasta se celebren las elecciones sindicales en el sector de la enseñanza las organizaciones presentes en la Mesa Negociadora con la Consejería de Educación propondrán un representante de cada asociación en el Consejo Escolar de Canarias.
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eli/es-cn/l/1987/04/07/4#disposicion-transitoria-sexta

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