Capítulo CAPÍTULO III
Art. 9
En vigor desde 24 nov 1984
1. El Consejo Asesor elegirá entre sus miembros un presidente y un vicepresidente por un periodo de un año. La elección se realizará de la siguiente forma: cada miembro del Consejo Asesor escribirá un solo nombre en la papeleta y saldrán elegidos presidente y vicepresidente, respectivamente, los dos que hayan obtenido mayor número de votos.
2. El Consejo Asesor elegirá también un secretario, por un periodo de un año y por el mismo procedimiento del apartado anterior.
Tus anotaciones
ProBORM-s-1984-90009#art-9