Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición final tercera

En vigor desde 30 abr 2008
Las cifras que en lo sucesivo se fijen por la Comisión Europea, y se publiquen por orden del Ministro de Economía y Hacienda, respecto de los contratos regulados por la Directiva 2004/17/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004, sobre la coordinación de los procedimientos de adjudicación de contratos en los sectores del agua, de la energía, de los transportes y de los servicios postales, sustituirán a las que figuren en el texto de esta ley.
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eli/es/l/2007/10/30/31#disposicion-final-tercera

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