Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO IV

Art. 55

En vigor desde 30 abr 2008
Las entidades contratantes cerrarán la subasta electrónica de conformidad con una o varias de las siguientes modalidades: a) Indicando la fecha y la hora fijadas previamente en la invitación a participar en la subasta. b) Cuando no reciban nuevos precios o nuevos valores que respondan a los requisitos relativos a las diferencias mínimas. En tal caso, las entidades contratantes especificarán en la invitación a participar en la subasta el plazo que respetarán a partir de la recepción de la última presentación antes de dar por concluida la subasta electrónica. c) Cuando concluya el número de fases de la subasta establecido en la invitación a participar en la subasta. Cuando las entidades contratantes decidan que el cierre de la subasta electrónica vaya a producirse con arreglo a la letra c), en su caso conjuntamente con las modalidades previstas en la letra b), la invitación a participar en la subasta indicará los calendarios de cada fase de la subasta.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/l/2007/10/30/31#art-55

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil