Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 55
55 / 141En vigor desde 30 abr 2008
Las entidades contratantes cerrarán la subasta electrónica de conformidad con una o varias de las siguientes modalidades:
a) Indicando la fecha y la hora fijadas previamente en la invitación a participar en la subasta.
b) Cuando no reciban nuevos precios o nuevos valores que respondan a los requisitos relativos a las diferencias mínimas. En tal caso, las entidades contratantes especificarán en la invitación a participar en la subasta el plazo que respetarán a partir de la recepción de la última presentación antes de dar por concluida la subasta electrónica.
c) Cuando concluya el número de fases de la subasta establecido en la invitación a participar en la subasta.
Cuando las entidades contratantes decidan que el cierre de la subasta electrónica vaya a producirse con arreglo a la letra c), en su caso conjuntamente con las modalidades previstas en la letra b), la invitación a participar en la subasta indicará los calendarios de cada fase de la subasta.
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Proeli/es/l/2007/10/30/31#art-55