Libro LIBRO IV›Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 5.ª Resolución del contrato de gestión de servicios públicos
Art. 262
En vigor desde 3 nov 2011
Son causas de resolución del contrato de gestión de servicios públicos, además de las señaladas en el artículo 206, con la excepción de las contempladas en sus letras d) y e), las siguientes:
a) La demora superior a seis meses por parte de la Administración en la entrega al contratista de la contraprestación o de los medios auxiliares a que se obligó según el contrato.
b) El rescate del servicio por la Administración.
c) La supresión del servicio por razones de interés público.
d) La imposibilidad de la explotación del servicio como consecuencia de acuerdos adoptados por la Administración con posterioridad al contrato.
Se modifica por la disposición final 1.6 de la Ley 24/2011, de 1 de agosto. Ref. BOE-A-2011-13239 .
Tus anotaciones
Proeli/es/l/2007/10/30/30#art-262