Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 28
En vigor desde 1 ene 2026
La Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria fomentará el voluntariado de las personas jóvenes como cauce para mostrar su compromiso de participación activa en la sociedad dentro de los cauces establecidos por la normativa vigente en la materia.
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Proeli/es-cb/l/2025/06/30/3#art-28